Aprueban el Reglamento de la Ley de pago de facturas MYPE a 30 días

17 Jun, 2022 | Contabilidad, Legal, Noticias

El 12 de junio de 2022 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo No. 120-2022-EF (en adelante, el “Decreto Supremo”) que aprueba el Reglamento de la Ley No. 31362 – Ley de pago de facturas MYPE a 30 días (la “Ley”).

El Decreto Supremo incluye las siguientes disposiciones principales:

  • Se establece que el proveedor de bienes o servicios bajo el ámbito de aplicación de la Ley, no debe tener ventas anuales que superen las 1,700 UIT (S/. 7,820,000.00).
  • El adquirente del bien o usuario del servicio deberá pagar al proveedor el monto total de la factura o recibo por honorarios emitido por la MYPE, en un plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la fecha de la emisión de la factura o recibo por honorarios, salvo acuerdo que establezca plazo distinto.
  • La MYPE deberá entregar al adquirente (simultáneamente con la emisión de la factura)
  1. Declaración jurada del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal inmediatamente anterior a la fecha de emisión de la factura o recibo por honorarios.
  2. Número de cuenta de la empresa del sistema financiero en la que se le debe abonar el importe de la factura o recibos por honorarios emitido.
  • El proveedor y el adquirente pueden pactar excepcionalmente un plazo de pago superior a 30 días calendario, dejando constancia de su acuerdo mediante documento protocolizado mediante escritura pública o con firmas legalizadas notarialmente. Dicho acuerdo deberá incluir la siguiente información mínima:
  1. Identificación de las partes.
  2. Fecha de celebración del acuerdo.
  3. Plazo de pago acordado.
  4. Tasa de interés.
  5. Vigencia del acuerdo; y,
  6. En caso se acuerde un pago en cuotas, adicionalmente, las fechas de cada cuota de pago y firma de las partes con la declaración expresa por parte del proveedor que en el acuerdo no se constituye abuso.
  • El adquirente del bien o servicio deberá pagar el interés moratorio en caso de incumplimiento, en caso este haya sido pactado o en caso no haya pacto, se aplicará la tasa de interés para operaciones entre personas ajenas al sistema financiero de conformidad con las disposiciones aprobadas por el BCRP.

El pago de la factura o recibo poro honorarios deberá realizar mediante empresas del sistema financiero.

 

Este contenido se ha elaborado únicamente con fines informativos.
No constituye la absolución de una consulta legal.

0 comentarios

junio 17, 2022

Publicaciones recientes

También te podría interesar